Un estudio de la Comisión de 2020 puso de manifiesto que el 53,3 % de las alegaciones medioambientales examinadas en la UE eran vagas, engañosas o infundadas, y el 40 % de ellas carecían de fundamento. La falta de normas comunes aplicables a las empresas que formulan declaraciones ecológicas voluntarias favorece el «blanqueo ecológico» y crea unas condiciones de competencia desiguales en el mercado de la UE, en detrimento de las empresas verdaderamente sostenibles.

Según la propuesta, cuando las empresas decidan formular una «declaración ecológica» sobre sus productos o servicios, tendrán que respetar unas normas mínimas sobre la manera de fundamentar y comunicar esa clase de declaraciones.

La propuesta se centra en las declaraciones expresas, por ejemplo, «camiseta fabricada con botellas de plástico reciclado», «entrega con emisiones de CO2 compensadas», «envases fabricados con un 30 % de plástico reciclado» o «protección solar respetuosa con los océanos». También tiene por objeto evitar la proliferación de etiquetas y de nuevas etiquetas medioambientales públicas y privadas. Abarca todas las declaraciones voluntarias sobre los impactos, los aspectos o el comportamiento de un producto o del propio comerciante desde el punto de vista del medio ambiente. Sin embargo, excluye las declaraciones contempladas en las normas vigentes de la UE, tales como la etiqueta ecológica de la UE o el logotipo de alimentos ecológicos, ya que la legislación vigente ya garantiza que esas declaraciones reguladas sean fidedignas. Por la misma razón, se excluirán las reclamaciones que contemple la próxima normativa de la UE.

 

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Aragón Ecológico